Plan General de Ordenación Urbana de Antigua
VIGENCIA
La revisión del Plan General de Ordenación del Municipio de Antigua entrará en vigor desde la fecha de publicación de su probación definitiva en el Boletin Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias o desde que transcurra el plazo establecido en el Ordenamiento Jurídico para que puedan entenderse aprobado por silencio administrativo positivo.
Su vigencia será indefinida sin perjuicio de las modificaciones o revisiones a que sean sometidas conforme a la normativa aplicable.
EFECTOS
La entrada en vigor del Plan comportará:
- Que su contenido es público, pudiendo cualquierpersona o entidad recabar información escrita sobre su contenido.
- Que las previsiones del Plan son ejecutivas, pudiendo emprenderse las realizaciones de los proyectos y obras que las mismas determinen.
- Que el contenido del Plan será obligatorio tanto para el Ayuntamiento y demás organismos públicos, como para los particulares.
- Que las normas y determinaciones del Plan son de aplicación prevalente a cualquier otro planeamiento de rango inferior.
MÁS INFORMACIÓN: Punto de Información Catastral